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Al calor de la revancha contra el Ejecutivo diputados aprueban Decreto 642 que pone en peligro banca estatal y usuarios

Los diputados en el contexto de un conflicto de poderes entre El Ejecutivo y Legislativo aprobaron en su plenaria de ayer jueves un decreto aniquilador de liquidez a la banca estatal al haber fijado con criterio más emocional que técnico un interés bancario inamovible del 5 por cierto para los créditos del sector agropecuario.

Fotografías: Mario Alvarado

(EN News) El Decreto Legislativo número 642 con características de una fijación de techos en los intereses bancarios carece de criterios técnicos y habría sido elaborado con fines populistas para poner en jaque mate a las tres entidades bancarias insignias del Estado: BANDESAL, BFA y Banco Hipotecario.

Esta decisión política plasmada en el Decreto 642 contiene la Ley Especial Transitoria de Medidas al Sector Agropecuario para supuestamente garantizar la seguridad alimentaria, ante la emergencia nacional por el COVID 19 y minimizar así los efectos adversos en la economía.

Sin embargo, los diputados siendo un tema de interés nacional no convocaron a participar en la formulación de esta ley a las voces cantantes y conocedoras de la materia financiera estatal como son el Presidente de BANDESAL, titular del BFA y presidenta de Banco Hipotecario.

“En ese sentido aclaramos que el Decreto Legislativo 642, fue aprobado sin realizar
las consultas respectivas a las principales entidades responsables del cumplimiento del articulado de la mencionada Ley, es decir, no cuenta con estudios técnico, que garanticen la aplicabilidad de acuerdo a la normativa y operaciones sin afectar la estabilidad y funcionamiento de las instituciones que conforman la banca estatal, dijo el Presidente de BANDESAL Juan Pablo Durán Escobar.

La Ley 642 en su artículo 5 establece la obligación para Banco de Fomento Agropecuario, Banco Hipotecario y Banco de Desarrollo de El Salvador (BANDESAL), de garantizar la seguridad alimentaria de la población durante y después de la pandemia creando líneas de crédito de avío para el sector agropecuario, con tasa fija no mayor del 5% anual.

Esta camisa de fuerza en cuanto a la tasa de interés bancario no mayor al 5% pone en situación complicada las finanzas de la banca estatal ya que sus operaciones y políticas crediticias no escapan en alguna medida a las reglas del mercado financiero, aunque su rol fundamental sea una tasa razonable con enfoque hacia la reactivación de los sectores productivos.

Lic. Juan Pablo Durán Escobar, Presidente de BANDESAL

“Dicha disposición pone en una situación de incumplimiento a BANDESAL con relación a lo establecido en la Ley del Sistema Financiero para Fomento al
Desarrollo (LSFFD), específicamente en lo regulado en su artículo 47, el cual dispone que las tasas de interés que establezca BANDESAL para sus créditos deberán ser superiores al costo de los recursos en que incurra el Banco”, dijo Durán Escobar.

El artículo 5 establece también que, los beneficiarios de dichos créditos cuando su destino sea la producción no estarán obligados a adquirir un seguro agrícola que responda ante eventuales pérdidas de las cosechas por causas climáticas como sequías o exceso de lluvia las cuales no se descartan durante el período de la misma emergencia por la pandemia del COVID-19.

“En caso de materialice alguno de los siniestros mencionados y no teniendo otras garantías que ejecutar para la recuperación de los montos prestados, los créditos se volverán irrecuperables haciendo imposible cumplir con las finalidades de la banca estatal y poniendo en grave riesgo la sostenibilidad financiera de las instituciones bancarias estatales, puntualizó el Presidente de BANDESAL.