TSE demanda facultad de auditar sistema de voto electrónico y urge aprobar ley

(EN NEWS)- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) pidió a los diputados que aprueben, lo más pronto posible, una ley que defina la modalidad de votación para los salvadoreños que residen en el exterior y que lo faculte a auditar los sistemas que estaría obligado a contratar.

El TSE hizo observaciones a la propuesta de Ley Especial de Sufragio en el Extranjero, que habilitaría el voto electrónico por Internet, en la Comisión de Reformas Electorales.

“Independientemente de la modalidad que ustedes opten, nuestro compromiso es hacer que ese proceso sea expedito, fácil, que venga a facilitar ese derecho”, señaló Dora Martínez de Barahona, presidenta del TSE.

La ley obligaría al TSE contratar un sistema de votación electrónico, pero según el director jurisdiccional y procuración del TSE, Óscar Rivera, no hay un mecanismo para que el Tribunal pueda auditar los sistemas que ofrezcan las empresas o facultad para ello.

“El Tribunal tendría que hacer las condiciones técnicas que se requieren, pero no hay un mecanismo que permita al TSE precisamente auditar si las condiciones técnicas que ha planteado se han cumplido por las empresas que se puedan contratar para tal efecto”, indicó Rivera.

Lic. Julio Olivo, TSE.

El TSE ejemplificó que en México, en donde hubo un “éxito” de la modalidad de votación electrónica se basó en que el sistema fue “sometido a dos auditorías”, una por la Universidad Nacional Autónoma de México y otra conjunta por dos empresas.

Aunque se dice que el sistema debe ser auditable, no dice que el TSE realice una auditoría previa para asegurar las condiciones del sistema”, señaló Óscar Rivera.

El TSE sugirió que el salvadoreño en el exterior señale expresamente, quién definirá la circunscripción en la cual será registrado cada elector.

El proyecto indica que el voto será asignado según el domicilio del DUI, el lugar de nacimiento según el DUI o según los datos de la partida de nacimiento del elector.

Según el TSE, se puede inferir que el elector determinará en qué circunscripción desea que se asigne su voto.

También indica que definir una circunscripción es necesario para que el salvadoreño en el exterior pueda votar por candidatos a diputados de determinado departamento o por concejos de determinados municipios, en donde nacieron o donde nacieron sus padres.

“Conferirle a una empresa el escrutinio preliminar, eliminando la función constitucional conferida al TSE, no sería la opción más conveniente”, dice Julios Olivo, magistrado del TSE.

Empresa Internacional

El proyecto indica que las adquisiciones en el extranjero quedarán excluidas de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP).

Sin embargo, el TSE pidió aclarar si las contrataciones realizadas en El Salvador estarán excluidas o no de la aplicación de la LACAP, ya que la JELVEX tendrá su sede en el país e, incluso cuando la contratación sea internacional, será realizada en El Salvador. “Si se está pensando en la contratación de una empresa internacional, hay que aclarar si se va a hacer con la reglas de El Salvador, porque la contratación internacional tendría que hacerse en El Salvador”, explicó el técnico.

“Se ha dicho que ustedes son la máxima autoridad, estamos muy seguros de eso. Nuestra labor es legislar en favor del pueblo. A ustedes les compete ejecutar” apuntó Raúl Chamagua, diputado de Nuevas Ideas

El TSE pide dejar excluida la normativa especial de Ley de Mejora Regulatoria y la Ley de Procedimientos Administrativos, porque no “encuadra en los tiempos”.

El proyecto de Ley Especial del Sufragio en el Extranjero fue presentado el 5 de julio. La Comisión de Reformas Electorales recibió estas observaciones del Tribunal Supremo Electoral:

  1. Sujetos obligados

No se incluye la figura de sujetos obligados, es decir, las instituciones obligadas a colaborar con el TSE. Indica que todo el esfuerzo debe estar bajo la rectoría del TSE.

  1. Datos de pasaportes

El TSE ejemplificó que instituciones deben colaborar en proporcionarles los datos del pasaporte y partidas de nacimiento, así como en difundir formas de votar en el exterior.

  1. Presupuesto en diciembre

El TSE advierte que para definir el sistema de voto electrónico el Tribunal debería obtener la aprobación del presupuesto del voto en el exterior a más tardar en diciembre de 2022.

  1. Registro electoral

El TSE indica que solo quedan seis meses para desarrollar el sistema del registro electoral que incluso podría estar programado antes de la aprobación del presupuesto especial.

  1. Sin facultad de auditoría

El Tribunal señala además que el artículo 11 establece que el TSE está obligado a contratar el sistema de votación electrónica auditable y seguro, pero no lo faculta a auditar dicho sistema.

  1. Asignación de voto y nulidades

Sugiere dejar expresamente si el elector decidirá el criterio de asignación del voto a una circunscripción y las condiciones de nulidad de votación expresamente.

 

 

 

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