El voto en el exterior fue el tema en Diálogo 21
(EN NEWS)- Juan Gilberto Contreras consultor en temas electorales estuvo hoy en Dialogo 21 donde habló sobre la ley del voto en exterior, señalando que hay una sentencia de la Sala de la Constitucional que es la que ha dado vida a esta Ley para el voto en el exterior.
Indicó que los salvadoreños en el exterior no tendrán que llenar ningún formulario para formar parte del registro de votantes, los datos se generan automáticamente al obtener DUI o Pasaporte.
“La ley del voto en el exterior debe de responder al derecho constitucional de los salvadoreños de emitir el sufragio”, indicó Contreras.
Señaló que los hijos de salvadoreños nacidos en el exterior se asientan en la alcaldía de San Salvador, así que no es ajeno a la legislación que el voto de los salvadoreños con dirección en el extranjero vaya para San Salvador.
Indicó que hay empresas que han administrado voto en el exterior para países como Brasil o Francia, que tienen experiencia y sus mecanismos brindan transparencia del voto.
Contreras manifestó que: “La garantía de transparencia del voto electrónico la brinda el sistema, no se puede exigir vigilancia de partidos para cada persona que vota desde su teléfono”.
Indicó que no se tiene que “satanizar” el voto electrónico, la Junta de Vigilancia Electoral estará pendiente en todo momento del voto desde el extranjero.
Señaló que debe de existir todo un andamiaje para el voto en el exterior, los compatriotas tendrían que contar con un manual para poder manejar adecuadamente el voto electrónico, y hay que dar tiempo al TSE para esto.
Juan Gilberto Contreras dijo que: “Es mentira que la Constitución de 1983 prohíbe la reelección, solo tiene criterios de interpretación distintos”.
Indicó que tenemos que aplicar las buenas experiencias del voto en el exterior de otros países, hacer nuestro propio modelo y asegurarle a la gente que su voluntad será respetada.
Señaló que el voto por Concejos Municipales es complejo por el tema de arraigo de los salvadoreños en el exterior y de momento no se puede tener 262 circunscripciones electrónicas.
Juan Gilberto Contreras concluyó diciendo que hay situaciones perfectibles en la Ley del Voto en el Exterior, pero no cree que se le pueda llamar vacíos. “Un documento vencido no se puede considerar un documento falso y argumentar fraude, se puede votar con él”, apuntó.