Por viajes no autorizados, ex alcaldesa de Salcoatitán es multada con $1,460 dólares
Periodista Alessia Genoves
para EN News
La ex-alcaldesa de municipal de Salcoatitán, Sonsonate, recibe una sanción de $1,460 dólares por infracciones a la Ética Gubernamental. La sanción ha sido impuesta por el Tribunal de Ética Gubernamental (TEG), en su resolución “92-A-22 Acum. 110-A-22” que determinó que la ex-funcionaria realizó 2 viajes irregulares durante los meses de mayo y junio de 2022 durante su jornada de trabajo y sin solicitar ni obtener autorización legal, incumpliendo sus obligaciones edilicias.
Hechos comprobados y sanción
Detalla el expediente del caso, en mayo y junio de 2022 la alcaldesa Solano de Sosa efectuó “dos salidas del país con fines turísticos, sin tramitar licencia ante el Concejo Municipal de Salcoatitán ni nombrar alcalde interino” para que asumiera sus funciones durante su ausencia, tal como establece el Código Municipal.
Específicamente, el primer viaje tuvo lugar del 5 al 17 de mayo con destino a Estados Unidos, mientras que el segundo ocurrió del 21 al 29 de junio del mismo año hacia el mismo país. En ambos casos, los registros migratorios de la funcionaria evidencian que los movimientos fueron realizados en fechas y horas hábiles en las que le correspondía ejercer su cargo edilicio.
No obstante dichas ausencias injustificadas, la señora Solano de Sosa continuó percibiendo normalmente su salario mensual de $1,706.25 dólares como alcaldesa de la municipalidad durante los períodos en que permaneció fuera de sus labores, lo cual significó un dispendio indebido de fondos públicos municipales al no haber prestado efectivamente los servicios. Los hechos pueden comprobarse en la investigación, patente en la resolución f. 55, del documento citado.
Ante ello, en la resolución el TEG determinó que la señora Solano de Sosa faltó a la prohibición ética establecida en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), la cual prohíbe a los funcionarios públicos realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las expresamente permitidas en las leyes.
El Tribunal consideró que la alcaldesa pudo perfectamente solicitar licencia siguiendo el procedimiento establecido en el Código Municipal, pero no lo hizo, denotando un actuar doloso de su parte para eludir tanto sus obligaciones funcionales como las posibles responsabilidades legales ante sus ausencias ilegítimas.
Alessa Genoves