ENTREVISTA: La transexualidad no es una enfermedad mental
Por Alessia Genoves
(EN News) – La conmemoración por la des-patologización de la identidad trans en la quinta edición del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 2018 es celebrada en El Salvador, pero con la advertencia de que “la inclusión del ‘trastorno de disforia de género’ sigue patologizando a las personas trans”, según afirma el psicólogo Edgardo Cruz Torres.
Éste medio dedicó una entrevista al psicólogo Edgardo Cruz, quien detalló los pormenores de los instrumentos de medición que aplica el DSM-5 para el diagnóstico de enfermedades mentales, frente a la identidad de género de las personas trans.
Torres: Yo soy licenciado en psicología de la UCA y también tengo una maestría en Ciencias Políticas. Comienzo la militancia en derechos LGBT el año 2009 en el Ministerio de Diversidad Sexual de la Iglesia del Salvador. Luego de eso, en la década de 2010 tuve la oportunidad de estar en el ámbito gubernamental, monitoreando y verificando la implementación de políticas en materia de derechos para la comunidad LGBTQ y otro tipo de programas.
Llegué también hasta el acompañamiento Pastoral del Ministerio de Diversidad y actualmente me dedico a ser consultor en materia de diversidad, equidad e inclusión en las organizaciones privadas, empresas privadas y también en el acompañamiento de casos de jóvenes expulsados de sus hogares por razones de orientación sexual o identidad de género. La discriminación en sus hogares desde nuestro programa anglicano centro Santa Marta.
Alessia: Estamos en el contexto del mes por la despatologización de la identidad de género trans ¿Cuál es la importancia que tiene la reivindicación de los derechos de las personas LGBT y, sobre todo, las personas trans en este contexto?
Torres: Verdad es que históricamente, todo lo que la cultura consideró inadecuado en el siglo XIX sufrió un proceso de patologización. El siglo X pretendía ser muy académico, muy formal. Surgieron grandes ramas de la ciencia y de la medicina. Es cuando surge en la psicología y la psiquiatría como tales, y comienzan enlistando todo lo que consideraban inadecuado como enfermedades mentales.
En el siglo XX, con el avance de la ciencia y de estas ciencias en concreto, psicología y psiquiatría, hay muchos elementos que se consideraron enfermedades mentales que fueron siendo despatologizados paulatinamente. Y en el día de hoy estamos justamente conmemorando la despatologización de las personas trans. Especialmente con la salida de los manuales de clasificación de enfermedades mentales del trastorno de la identidad sexual.
Alessia: Respecto al Manual, ¿puede decirnos si evidentemente ha existido algún avance concreto, o no, considerando que existe un término que se define como una patología, y que es la disforia de género?.
Torres: La disforia de género es entendida como esta inconformidad que existe entre el cuerpo y la identidad percibida de una persona. Las autoridades, en materia de Salud Mental, plantean que debo hacer ese diagnóstico para que la persona pueda tener acceso al tratamiento de terapia de reemplazo hormonal y de cirugía de re-asignación sexual.
Sin embargo, el término es problemático. Algunos profesionales lo utilizan para patologizar la identidad de género de la persona y no darle el acceso a un tratamiento de adaptación, sino para su patologización o su enfermedad. Ese es el problema. El problema es que sigue apareciendo como un trastorno y no como una referencia.
Alessia: Usted como psicólogo nos puede indicar, ¿cuáles son esos instrumentos que pueden calificar una persona como disfórica de género?
Torres: Es importante, digamos, porque hay muchas personas trans que probablemente pudieran haber afirmado que no se sienten tan mal consigo mismas o no se han sentido mal. Sin embargo, que, verdad, este término plantea un obstáculo.
Necesitamos tener, como los criterios, criterios clínicos… y, para eso, pasamos por una evaluación con un profesional. Lo único que habría que identificar son profesionales que estén efectivamente sensibilizados con la población. Porque el riesgo, más allá de las herramientas que se pueden utilizar, es que podemos tener herramientas, pero si la persona que la va a implementar no tiene la actitud adecuada, va a ocupar algo malo. Entonces, buscar primero formar a nuestros profesionales en El Salvador para lograr las últimas dos preguntas.
Alessia: La Constitución del país dice explícitamente que todos somos la ley, sin distinción de sexo, según el artículo 3. Sin embargo, ha existido una falta de atención a la sociedad de los términos trans. Pero sobre las identidades trans existe un desconocimiento cuando existen propuestas de ley para integrarlas. Hay grupos sociales que niegan esta incorporación de forma dolosa o por desconocimiento,
Pese a ello, ¿es necesario readecuar, verdad, la legislación salvadoreña para las personas trans? Generar este. ¿Cuál es la importancia y cuál sería el efecto que se busca?.
Torres: Me voy a remitir a la resolución de la Sala de lo Constitucional en relación a este tema. La Sala emitió ya una jurisprudencia al respecto que establece que el artículo 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural viola los derechos de las personas trans al no permitirles cambiarse el nombre conforme a su identidad de género. Precisamente por generar esta disconformidad con la misma persona, genera exclusión y discriminación quedan en evidencia en en en en ciertos servicios públicos.
O sea, el efecto que va a tener es la mejora de la vida de las personas.
Alessia. Pero la Identidad de Género no está legislada. Existe una propuesta de ley que nunca ha sido aprobada.
Torres: Hay una resolución de sala. Entonces, hay. El paso está solo de darse.
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