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El TSE acata lo señalado por la Sala de lo Constitucional que permite la reelección de Nayib Bukele

(EN NEWS)- El año pasado la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió una resolución que habilita la reelección presidencial inmediata, lo que permite a Nayib Bukele postularse como candidato para las elecciones de 2024.

Esta resolución de la Sala de lo Construccional ha sido cuestionada por abogados constitucionalistas y partidos de oposición quienes argumentan que esta resolución es inconstitucional, a pesar que la Constitucional de la República ordena que lo que señala el máximo tribunal de justicia es de obligatorio cumplimiento.

 

 

Aunque el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no ha emitido un pronunciamiento oficial y firmado sobre el tema hasta el momento, el magistrado Noel Orellana aseguró en “Pulso Ciudadano”, que el ente electoral es un “ejecutor de leyes” y que no ha incumplido ningún fallo emitido por la Sala hasta la fecha.

 

“Hasta el día de hoy, el Tribunal Supremo Electoral nunca ha incumplido una sentencia emanada de la Sala de lo Constitucional, indistintamente sea la administración actual; similar lo han hecho administraciones anteriores”, aseguró.

 

 

Orellana hizo hincapié en que cada magistrado que integra el organismo colegiado será responsable de la postura que siente con respecto a la resolución 1-2021, que habilita a quien ejerce la presidencia de la república a competir por la reelección inmediata.

 

 

“No estoy adelantando ningún criterio. Cada magistrado es responsable de su posición, pero es importante aclararle a la población que nunca hemos incumplido una sentencia de la Sala de lo Constitucional. Yo lo he expresado públicamente: aquí ya no es una discusión de una reelección, sino del cumplimiento de una sentencia de un tribunal superior”, dijo.

Recientemente, el exmagistrado del TSE, Miguel Ángel Cardoza, explicó en una entrevista radial que si una autoridad no cumple o no se dispone a acatar un fallo dictado por cualquier tribunal o sala de la CSJ, se le puede aplicar el delito penal de prevaricato por el incumplimiento de las obligaciones adquiridas en el marco de sus competencias.

 

Ante esto, el magistrado Noel Orellana dijo que las resoluciones emanadas de un tribunal superior, como lo es la Sala de lo Constitucional, “son de estricto cumplimiento de todas las instituciones del Estado, indistintamente que gusten o no gusten a los jueces electorales”.