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Implementan nuevo proceso de reunificación familiar para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras

(EN NEWS) – Nuevos procesos de reunificación familiar comenzarán a estar disponibles para nacionales de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras a partir de este viernes, según anunció el Departamento de Seguridad Nacional de EEUU (DHS, por sus siglas en inglés).

La agencia inició la implementación de lo que llamó Procesos de Parole para la Reunificación Familiar (RFP, por sus siglas en inglés) que están dirigidos a las personas nacidas en los cuatro países, cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, y que han recibido una aprobación para reunirse con su familia en EEUU.

 

Colombianos, salvadoreños, guatemaltecos y hondureños que cumplan con estos requisitos, pueden ser considerados para el nuevo proceso “caso por caso” por un periodo de hasta tres años, “mientras esperan para solicitar convertirse en residentes permanentes legales”.

“Estos nuevos procesos promueven la unidad familiar y brindan vías legales consistentes con nuestras leyes y nuestros valores”, dijo en comunicación escrita el secretario de DHS, Alejandro Mayorkas.

 

“El Departamento ha demostrado que la expansión de vías seguras, ordenadas y legales, combinada con una fuerte aplicación de la ley, es efectiva para reducir la migración irregular y peligrosa a los Estados Unidos”, señala RFP.

Este programa hace parte de las medidas anunciadas por DHS y el Departamento de Estado en abril, que se inserta dentro de las estrategias de cara al fin del Título 42 y como una manera de “ampliar” las vías legales de migración hacia EEUU.

 

Algunas otras medidas fueron la apertura de centros de procesamiento en la región, la ampliación de citas a través de CBP One y el aumento en el número de refugiados que acepta el país cada año.

El proceso de ser elegible para el programa RFP comienza con que nacionales de los mencionados cuatro países sean beneficiarios de un Formulario I-130, conocido como petición de familiar extranjero. Este documento es sometido por la persona que reside en EEUU en nombre de los miembros de la familia elegibles.

 

Las personas deben estar fuera de EEUU para calificar a la reunificación familiar y debe cumplir con todos los requisitos médicos y de evaluación rutinarios, además, no puede haber recibido una visa de inmigrante.

“Los procesos comienzan cuando el Departamento de Estado emite una invitación al ciudadano estadounidense o miembro de la familia residente legal permanente peticionario cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño ha sido aprobado”, detalló DHS.

 

Los familiares deben ser hijos, hermanos o cónyuges del ciudadano o residente permanente. DHS explicó que este nuevo proceso sólo aplicará “de forma discrecional, caso por caso y temporal cuando se demuestren razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo”.

Las personas que reciban la notificación a través de la reunificación familiar también podrán solicitar una autorización de empleo mientras esperan que su visa de inmigrante esté disponible. Una vez esto ocurre, pueden solicitar convertirse en residentes permanentes legales.

 

Estos programas son espejo de los programas de reunificación familiar ya existentes para Cuba, establecido en 2007, y para Haití, establecido en 2014.

 

 

 

Fuente: Agencias