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No exigirán partida de nacimiento ni cuotas para emitir el DUI en el exterior

 

Por Alessia Genoves

(EN News) – La Asamblea Legislativa aprobó este martes con 66 votos las reformas a la Ley Especial para la Emisión del Documento Único de Identidad (DUI) en el Exterior. Las reformas buscan facilitar y agilizar los trámites que realizan los salvadoreños en el extranjero para obtener su documento de identidad.

De igual forma, los legisladores aprobaron una Disposición Especial Transitoria para facilitar durante 60 días la obtención de la Certificación de Partida de Nacimiento a quienes tramiten su DUI fuera del país. Ambos proyectos fueron presentados con dispensa de tramite, y desfilaron en la Sesión Plenaria No. 127, con la aprobación de los partidos oficialistas y afines.

Quitan requisitos para aprobar el DUI

La Ley Especial para la Emisión del DUI en el Exterior fue emitida originalmente en 2005, pero no estaba alineada a los avances tecnológicos ni a la simplificación administrativa. Por ello, los diputados consideraron modificarla para que el trámite sea más ágil y se pueda emitir más documentos de identidad a salvadoreños en el exterior.

Entre los cambios aprobados se encuentra la eliminación del requisito de presentar certificación de partida de nacimiento al momento de solicitar la renovación del DUI, según lo establece la reforma al literal b) del artículo 4-B: “Presentar certificación de la partida de nacimiento cuando sea solicitado por primera vez” (Art. 1).

Antes, la ley exigía ese documento inclusive para renovar el DUI, lo cual complicaba el proceso. Ahora el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) puede verificar los datos en sus registros informáticos en línea.

Certificación de partida no cobra tasa por emisión de DUI

Otro cambio importante es la Disposición Especial Transitoria, que por 60 días no cobrará la tasa por certificación de partidas a los salvadoreños en el exterior que soliciten su DUI por primera vez o deseen renovarlo. Esta disposición apunta a “facilitar la obtención de la Certificación de Partida de Nacimiento, exonerando del pago de la tasa por la prestación del servicio de Certificación de Partidas en el Extranjero” (Art. 1).

La iniciativa de Nuevas Ideas argumenta que es necesario “armonizar las disposiciones de la Ley Especial Reguladora de la Emisión del Documento Único de Identidad, con los fines relacionados anteriormente, por lo que, solicitamos al Honorable Pleno Legislativo, se reforme el literal b) del artículo 4-B de La Ley Especial Reguladora de la Emisión del Documento Único de Identidad” (III).

El DUI fue creado en El Salvador en 2001 como documento oficial de identidad mediante el Decreto Legislativo 581. Este decreto establece en su artículo 4 que “será de uso obligatorio en todo el territorio nacional, para todo salvadoreño mayor de edad, desde el día 1 de noviembre del año 2001” (Art. 4).

Desde entonces, la Policía Nacional Civil (PNC) a través del RNPN ha emitido aproximadamente 5.7 millones de Documentos Únicos de Identidad en el territorio nacional. Con estas reformas aprobadas, se espera ampliar la cobertura a miles de salvadoreños que residen fuera del país y facilitarles los trámites para obtener el DUI.

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