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Transportistas enfrentan audiencia inicial por incumplir servicio gratuito durante cierre en Los Chorros

Redacción : Oscar Cruz

(ENNews)—Este viernes por la mañana, el Juzgado Séptimo de Paz de San Salvador llevó a cabo la audiencia inicial contra 12 empresarios del transporte colectivo, quienes fueron capturados a inicios de mayo por la Policía Nacional Civil (PNC), bajo señalamientos de no haber prestado el servicio de transporte público gratuito durante una emergencia nacional, pese a que el Gobierno se comprometió a cubrir la totalidad de los ingresos operativos.

Los imputados son Genaro Ramírez, José Abel Reyna Quijada, José Roberto Cuéllar Parada, Napoleón Humberto Cárcamo López, Rutilio Guardado Ferrer, Nelson Saúl Villalta Platero, Nelson David Moreno, José Alexander Soto García, Ángel Monroy Cabrera, William Ricardo Flores Escobar, José Alejandro Arriaza Salguero y Julio Orestes Mirón Escobar. Se les acusa de dos delitos de peculado e incumplimiento de deberes.

Las detenciones se realizaron entre el 5 y el 7 de mayo en distintos puntos del país. Las autoridades sostienen que los empresarios no cumplieron con la disposición gubernamental de ofrecer transporte gratuito a la población luego del cierre del tramo Los Chorros, en la carretera Panamericana. El presidente de la República, Nayib Bukele, calificó públicamente la negativa de prestar el servicio como un «sabotaje al país», y ordenó la inmediata captura de los responsables.

La Fiscalía General de la República (FGR) acusa a los imputados de haber incurrido en peculado al apropiarse de fondos estatales sin haber cumplido con el servicio pactado, y de incumplimiento de deberes, tipificado en el artículo 321 del Código Penal, que sanciona con prisión de cuatro a seis años al encargado de un servicio público que omita, rehúse o retarde sus funciones de forma ilegal.

Según la FGR, seis de los acusados enfrentan ambos delitos (peculado e incumplimiento) mientras que los otros seis únicamente son procesados por el segundo. Aun así, la Fiscalía ha solicitado que todos los imputados enfrenten el proceso en libertad mediante la aplicación de medidas sustitutivas a la detención.

En la audiencia también se presentó el caso de José Modesto Menjívar Vásquez, empresario de la ruta 97, cuya detención fue anunciada inicialmente por la PNC pero luego eliminada de sus redes sociales. Menjívar no figura en el requerimiento fiscal formal, lo cual ha generado dudas sobre la legalidad de su captura.

Asimismo, se conoció que Roberto Jaco Carranza, gerente general de SEISABUS y otro de los detenidos, falleció el pasado 12 de mayo mientras estaba bajo custodia en un centro penal de Santa Ana. Su muerte ha intensificado las críticas de los defensores de los transportistas sobre la manera en que se han llevado a cabo los arrestos y procesos judiciales.

Durante la audiencia contra los empresarios del transporte, la Fiscalía General de la República solicitó el sobreseimiento definitivo para dos de los implicados: Roberto Jaco Carranza y José Modesto Menjívar Vásquez. Carranza, gerente general de SEISABUS, falleció mientras se encontraba bajo custodia, por lo que su proceso quedó sin efecto. Por su parte, Menjívar fue capturado a pesar de que la ruta 97, de la cual era representante, ya no se encontraba operativa al momento de los hechos. “Incluso las propias autoridades han admitido que esta ruta no estaba funcionando”, afirmó a los medios el abogado defensor Carlos Meléndez.

Los abogados defensores de varios imputados han cuestionado el fundamento jurídico de las acusaciones. Allfredo Reyes, defensor de Nelson David Moreno, asegura que la ruta 77 y 79, administrada por su cliente, sí prestó servicio desde las 4:00 a.m. del 5 de mayo, por lo que considera inexistente el delito imputado. “Solicitamos un sobreseimiento definitivo porque no se ha configurado el incumplimiento de deberes en este caso”, afirmó a medios de comunicación.

Otros abogados alegan que el procedimiento correcto para este tipo de controversias debería haber sido de carácter administrativo y no penal, señalando que “el Estado tiene mecanismos sancionatorios administrativos que permiten resolver conflictos sin necesidad de recurrir a la vía penal”.

Este caso ha despertado un amplio debate sobre el uso del sistema penal para regular servicios públicos, el alcance de las decisiones gubernamentales en contextos de emergencia y los derechos de los empresarios a condiciones justas para operar.

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