Aprueban requisito de declaración jurada contra trabajo infantil y forzoso para importadores
Redacción: Fernanda Tamacas
(ENNews)- Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron este martes una reforma a la Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas para incorporar el artículo 27-A, el cual establece el control aduanero en materia de trabajo infantil, forzoso y obligatorio.
La reforma dispone que la Dirección General de Aduanas requerirá a los importadores una declaración jurada en la que consignen que los bienes importados no han sido fabricados total o parcialmente mediante trabajo forzoso, obligatorio o infantil.
Podrán requerir documentación adicional “para verificar que las mercancías no hayan sido fabricadas, producidas, ensambladas, transformadas, distribuidas o sometidas a cualquier otro tipo de operación durante el proceso de cadena logística con algún tipo de vulneración a estos objetivos que son la erradicación del trabajo forzoso y del trabajo infantil”, declaró el jefe de la Unidad de Asuntos Internacionales de la Dirección General de Aduanas, Luis Manuel Córdova, durante el estudio de la propuesta.
También, faculta a la institución a solicitar información y documentación adicional cuando existan indicios o dudas razonables sobre el origen de las mercancías, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la normativa vigente.
En caso de comprobarse falsedad en la declaración o incumplimiento en la entrega de información, se aplicarán responsabilidades administrativas, civiles o penales, además de medidas como la suspensión del trámite, retención preventiva de la mercancía o denegatoria del despacho.
La normativa también establece que la Dirección General de Aduanas coordinará con el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y otras instituciones para emitir lineamientos y regular los mecanismos de aplicación de la disposición.





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