Dictarán 20 años de prisión a policías acusados de asesinar a mujer-trans Camila Diaz

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Periodista: Alessia Genoves
Colaboradora EN News

(EN News) Tribunal Primero de Sentencia demanda 20 años de prisión en contra de los exagentes de la Policía Nacional Civil (PNC) Valentín Rosales Carpio, Jaime Geovanny Mendoza y Luis Alfredo Avelar, por los delitos de Homicidio Agravado y de Abuso de Superioridad tras ocacionacionarle lesiones que produjeron la muerte de la mujer trans Camila Diaz Córdova. También demanda $3 mil dólares para la madre de Camila, víctima de un Proceso de Duelo, en concepto de responsabilidad civil.

Los abogados de los imputados declaran que apelarán en contra de la resolución judicial, al valorarla como “subjetiva” e “insuficiente” de elementos probatorios, pues el proceso no contó con testigos presenciales, ni con pruebas “individualizaran” la participación de los agentes en el hecho delictivo.

Tal y como confiesa la representante Fiscal, Gisela Menendez ”…nada más se tenía prueba pericial, y documental, no teníamos testigos que vieron el hecho. No teníamos testigos presenciales. Sino que el juez nada más falló en base a la prueba que se presentó, que fue documental, y pericial y algunos testigos de referencia”.

En efecto, el Tribunal de Sentencia consideró probatorios cerca 590 folios del expediente 59-3 2020, entre los que se destaca material audiovisual, documental, testimonial y pericial de las investigaciones llevadas a cabo por la Fiscalía General de la República (FGR).

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Los informes del recorrido de Posicionamiento Global Satelital (GPS) y la ampliación del exámen de autopcia determinaron que el cuerpo de Camila se encontraba en el lugar en el que los ex-agentes declaran haberla dejado; y que su cuerpo habría recibido lesiones mortales, “típicas de un hecho de arrastre”, a escasos minutos de ser reportada por el Sistema de Emergencias del 911.

Por otra parte, la locación en que fue encontrado el cuerpo de Camila coincide con la de las declaraciones de los ex-agentes, y la de los puntos del recorrido satelital 318 y 319 de la Pieza 5 en el folio 976, del perito Mauricio Turcios, quien describe la zona, dónde fue encontrado el cuerpo de Camila, como una pendiente con 10 metros de inclinación, y de una prolongación de 109 metros. Y en cuyo recorrido la patrulla transcurrió en el lapso de 1 minuto con 46 segundos.

Éstos hechos determinaron el fallo, prescindiendo de la probabilidad de que los “golpes contusos”, la “fractura del brazo derecho” y que los “traumatismo cerrados en el abdomen” hubieran sido provocados por un vehículo de las proporciones de un “bus” y o de un “camión”, tal y como lo sugirieron la defensa y el patólogo Guzmán Amaya.

Asimismo, se prescindió de testigos presenciales y de muestras fotográficas que hubieron podido datar los sucesos, tal y como se declaró en la vista pública, al no contar con el material videográfico de una de las salas de video-vigilancia de la división 911 de la PNC, por haber sido “borradas”.

El fallo será dictado el día 17 de agosto, a las 3:15 pm, del presente año, en las instalaciones del Centro Judicial Integrado Dr. Isidro Menendez, ya que “existe certeza de que ustedes han cometido el hecho delictivo… y, a demás, existe peligro de fuga si ustedes son puestos en libertad”, dijo el juez a los imputados.

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